GOLDEN VISA

Golden Visa es un visado de residencia para inversores. Fue creado por la Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. Tiene como objetivo atraer inversores extranjeros no comunitarios.

Permite a los inversores extranjeros que cumplan determinados requisitos, residir legalmente en España durante un plazo inicial de seis meses a dos años según el tipo de inversión, sin límite máximo.

A diferencia de otros tipos de visados españoles, tiene menos requisitos, sin embargo, se requiere una inversión significativa de capital.

Características de la Golden Visa

El visado y autorización para extranjeros no comunitarios tiene las siguientes características:

  • Es válido para trabajar y residir en todo el territorio español.
  • Incluye a los siguientes familiares: cónyuge o pareja de hecho, hijos menores o dependientes económicamente del titular, ascendientes a cargo.
  • También incluye los familiares que cumplan con la edad prevista en la normativa laboral.
  • Puede ser solicitada por el propio inversor o un representante acreditado. La inversión puede realizarse a través de una persona jurídica, pero debe cumplir ciertos requisitos.
  • En el caso de proyectos de interés general, el representante que lo gestiona puede beneficiarse con este régimen de residencia.
  • Los plazos son rápidos. El visado se otorga en 10 días y la autorización de residencia y trabajo en 20 días.
  • Permite circular por los 26 países europeos del espacio Schengen.

Validez del visado para inversores

La validez del visado y autorización de residencia para extranjeros no comunitarios por proyectos de inversión tiene diferente validez, según el tipo de inversión realizada o que se proyecta realizar. 

  • Activos inmobiliarios con contrato de arras: 6 meses. Es decir, para el supuesto de personas que viven fuera de España y tienen el contrato, pero aún no han terminado de realizar la operación. En este caso, se debe demostrar también que se cuenta con el dinero para formalizar la compra del inmueble.
  • Visado de inversor: 1 año.
  • Autorización inicial para el inversor: 2 años.
  • Renovación de la autorización para inversor: 5 años. No se exige la residencia efectiva para esta renovación.
  • Por otra parte, para obtener este tipo de visado la inversión tiene que realizarse con anterioridad a la solicitud, acreditando la misma dentro de los 60 días de la presentación.

Quiénes pueden solicitar el visado para inversores o Golden Visa

El régimen de residencia para inversores está dirigido a inversores extranjeros extracomunitarios cuyas operaciones cumplan con el requisito de ser una inversión significativa. 

La inversión puede ser en activos financieros, inmuebles o proyectos empresariales.

Inversión en activos financieros

  • Deuda pública, por 2 millones de euros o acciones o participaciones sociales en sociedades de capital español por 1 millón de euros.
  • Fondos de inversión: fondos de inversión cerrados o fondos de capital de riesgo constituidos en España, por 1 millón de euros.
  • Depósitos bancarios en entidades financieras españolas por 1 millón de euros.

Inversiones en inmuebles

Consiste en la adquisición de un inmueble por un valor de 500.000 euros libres de gravámenes, es decir que no debe haber sido adquirido mediante préstamos o hipotecas excepto por la suma que supere dicho valor

Con todo ello, la inversión puede ser superior y puede realizarse a través de un préstamo, mientras se demuestre la inversión de 500.000 euros libres de deudas.

Inversiones en proyectos empresariales

No existe un importe mínimo, sino que se valora por su impacto en el interés general:

  • Creación de puestos de trabajo.
  • Impacto socioeconómico en la región.
  • Aportes relevantes a la innovación científica y/o tecnológica.

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